Cambio de nombre y sexo legal
Las personas transexuales que -sin operarse- han comenzado a vivir en el rol de género del sexo con el que se sienten identificados suelen tener muchas dificultades a la hora de identificarse con documentos oficiales. Para ellas y ellos, ya que su documento de identidad indica un sexo legal diferente al que muestra su apariencia física, se complican desde gestos tan cotidianos como utilizar la tarjeta de crédito o comprar un billete de avión hasta gestiones tan básicas como acceder a un puesto de trabajo.En España, la ley del Registro Civil permite cambiar de nombre libremente, siempre que este cambio se produzca por un nombre que pertenezca al sexo legal de la persona solicitante. Pero está prohibido solicitar un cambio de nombre si el nombre escogido pertenece al sexo opuesto.
En algunos registros civiles, se permite que la persona transexual solicite un nombre ambiguo o unisex. Se trata de nombres que pueden servir para ambos sexos o nombres masculinos que no lo parecen y podrian pasar por nombres femeninos o viceversa. Algunos ejemplos con Reyes, Naira o Ariel. Sin embargo, esto dependerá del criterio del juez de cada Registro Civil.
En España, no hay una ley que regule el cambio de sexo legal. Por ello es necesario presentar una demanda judicial para lograrlo. Para dictar sentencia favorable, el juez se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la cual exige que la persona transexual haya adquirido los caracteres anatómicos primarios y secundarios del sexo con el que se siente identificado, y que a la vez haya suprimido los del sexo de nacimiento. Por tanto, se exige la operación de vaginoplastia o la de faloplastia o metaidoioplastia, según sea el caso.
En la actualidad, el gobierno ha anunciado una Ley de Identidad de Género que permitirá modificar el sexo legal sin pasar por la operación de reasignación de sexo.